La Unidad de Gestión Municipal es el órgano de la municipalidad distrital competente a través de la cual se brinda el servicio de saneamiento de manera directa. En efecto, de acuerdo a la Ley Marco y su Reglamento, dado que la responsabilidad de la prestación de los servicios en el ámbito rural recae en la municipalidad distrital dicha labor puede ser efectuada de manera directa bajo la modalidad del prestador denominado Unidad de Gestión Municipal.
La UGM distrital tiene entre sus características principales la obligación de contar con una contabilidad independiente respecto de la municipalidad, mediante la cual llevará un registro de los ingresos y egresos recabados por la prestación de los servicios de saneamiento destinado los recursos percibidos sólo a la prestación de los servicios de saneamiento. Asimismo, debe contar con la asistencia y apoyo de las demás áreas del gobierno local.
A partir de las labores de monitoreo realizadas durante el año 2019 a nivel nacional, la SUNASS recabó información sobre la cantidad de prestadores de los servicios en el ámbito rural, identificando que, de un total de 886 prestadores, la prestación efectuada en forma directa a través de las municipalidades distritales corresponde al orden del 14.33%, es decir, 127 prestadores, como se puede ver en el siguiente gráfico: