La función de fiscalizar consiste en verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas de las entidades o actividades supervisadas. Además, verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolución emitida por la institución o cualquier otra obligación que se encuentre a cargo de la entidad o actividad supervisadas.
La función de fiscalización y supervisión se realiza teniendo en cuenta las disposiciones contempladas en el Reglamento General de Supervisión y Sanción, que establece los principios que guían tales acciones, las modalidades de supervisión, obligaciones y los derechos tanto de los supervisores como de los administrados, así como la forma de conclusión y materialización de los resultados de dichas acciones, con la finalidad de generar predictibilidad y uniformidad frente a nuestros administrados.
Una de las nuevas funciones que la Sunass ejerce a partir de la nueva Ley Marco es la supervisión y fiscalización del Buen Gobierno Corporativo, como es:
- Composición y recomposición del directorio.
- Designación, remoción y vacancia de los miembros del directorio.
- Designación y remoción de los gerentes.
- Rendición de cuentas, desempeño y Buen Gobierno Corporativo.
Supervisión de la ejecución de los contratos de Asociaciones Público Privadas
De acuerdo con el artículo 79 del TUO de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo n. ° 005-2020-VIVIENDA y la Ley n. ° 27332, Sunass tiene como función supervisar la ejecución de los contratos de Asociaciones Público Privadas vinculadas a la infraestructura pública y/o la realización de una o más procesos comprendidos en los sistemas de los servicios de saneamiento. Cada contrato establece expresamente las materias que son objeto de dicha supervisión.
Fiscalización a organizaciones comunales y unidades de gestión municipal en el ámbito rural
La fiscalización en el ámbito rural está enfocada con el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los prestadores de servicios de saneamiento considerados en el marco normativo sectorial (unidad de gestión municipal u organizaciones comunales), los cuales deben estar debidamente habilitados y constituidos conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Marco y su Reglamento.
La Sunass ha previsto que la actividad de fiscalización en el ámbito rural se enfoque en la asistencia y capacitación de los prestadores de servicios de saneamiento, con la finalidad de incentivar la adopción de las medidas preventivas y correctivas necesarias.
Evaluación de prestación de los servicios de saneamiento: unidades de gestión municipal y operadores especializados en pequeñas ciudades
La Sunass, a partir de la vigencia de la Ley Marco y su Reglamento, está evaluando permanente la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito que comprenden a las denominadas pequeñas ciudades, siendo los prestadores previstos por la normativa sectorial para estos ámbitos las unidades de gestión municipal (UGM) y los operadores especializados (OE)
La Sunass se encuentra orientada al levantamiento de información sobre los niveles de cumplimiento de las obligaciones vinculadas a una debida prestación de los servicios de saneamiento, siendo de especial interés los aspectos que inciden en la calidad de la prestación. La actividad de evaluación incluye la elaboración de recomendaciones que el prestador debe seguir en cumplimiento de sus obligaciones.
La evaluación efectuada por la Sunass podrá ser trasladada a las autoridades competentes, en especial a los gobiernos locales, a fin de asistir y gestionar las acciones idóneas para la mejora de los servicios de saneamiento.
Denuncia de alcance general
La Sunass tiene la competencia de atender las denuncias hechas hacia las empresas prestadoras (EP). Estas denuncias deben cumplir con el requisito de ser un problema de alcance general, así como presentar los indicios suficientes sobre los incumplimientos o irregularidades cometidas por la empresa prestadora. En caso exista indicio suficiente de que se ha incurrido en un incumplimiento normativo, se procede con la atención de la denuncia y en caso de que no se confirme incumplimientos normativos, se comunica a través de un informe de atención de denuncias. Si el problema denunciado es materia de evaluación, se efectuará una supervisión de campo o de sede.
- Flujograma de presentación de denuncias a empresas prestadoras. Descargar.