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Regulación Tarifaria

Regulación de los servicios de saneamiento

Normas Relacionadas
Resolución de Consejo Directivo N° 09-2007-SUNASS-CD. Reglamento General de Regulación Tarifaria.
Resolución de Consejo Directivo N° 052-2007-SUNASS-CD. Modifican el Reglamento General de Tarifas Aprobado por Resolución N°009-2007-SUNASS-CD.
Resolución de Consejo Directivo N° 002-2008-SUNASS-CD. Modifican el Reglamento General de Tarifas.

Función reguladora
Comprende los siguientes aspectos:

  • Establecer la estructura tarifaria para las empresas prestadoras a nivel nacional.
  • Fijar y reajustar las tarifas de los servicios de saneamiento para las empresas prestadoras.
  • Establecer los niveles de cobertura y calidad de los servicios de saneamiento para cada localidad administrada por las empresas prestadoras.
  • Aprobar los procedimientos para la determinación de los precios de los servicios colaterales.

Regulación Tarifaria

Principios de la regulación tarifaria
Estos principios se encuentran establecidos en el artículo 29° de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley 26338. El Artículo 94° del Reglamento de la Ley, Decreto Supremo 09-95-PRES que desarrolla dichos principios, precisándolos de la forma siguiente:

Eficiencia Económica
Las tarifas que cobre la EPS por la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, deberán inducir a una asignación óptima de recursos, que posibilite la maximización de los beneficios de la sociedad.

Viabilidad Financiera
Las tarifas aplicadas por la EPS buscarán la recuperación de los costos requeridos para su funcionamiento eficiente, en función a los niveles de calidad y servicio que fije la SUNASS.

Equidad Social
El Estado implementará una política que permita el acceso a los servicios de saneamiento del mayor número posible de pobladores.

Simplicidad
Las tarifas serán de fácil comprensión, aplicación y control.

Transparencia
El Sistema Tarifario será de conocimiento público.

Políticas de la regulación tarifaria

  • Poner a disposición del público en general toda la información, modelos e instrumentos que sustentan la regulación de las tarifas.

  • La determinación de las tarifas se realizará sobre la base de la información técnica sustentatoria y de las opiniones o recomendaciones de los grupos de interés y autoridades de las localidades involucradas.
  • Mejorar continuamente la metodología e instrumentos de regulación tarifaria.
  • Se dará prioridad a las medidas que mejoren la situación económica y financiera de las Empresa Prestadora, propiciando el apoyo financiero al Sector Saneamiento.

Procedimiento para la fijación de tarifas
Reordenamiento Tarifario
Equipo Humano

Conceptos Relacionados

Consumo Mínimo
Sólo aplicable a aquellos usuarios cuya conexión cuenta con medidor. Está referido al volumen de agua potable que la Empresa Prestadora puede facturar como mínimo a un usuario. En otras palabras, si un usuario consume menos que el Consumo Mínimo, la empresa facturará el Consumo Mínimo. Si el usuario tiene un consumo por encima de ese volumen, la empresa debe facturarle lo que el realmente consumió.

Asignación de Consumo
Es un volumen fijo de agua potable que la Empresa Prestadora factura a los usuarios cuya conexión no cuenta con medidor.

 
 

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- OFICINAS SUNASS -
 
 
Arequipa. Oficina Macroregional Sur: Urb. Cabaña María Mz. H, L-18, Cercado. Teléfono: (054) 220628.
Ayacucho:Jr. Lima N° 145, interior 7, Huamanga. Teléfono:(066) 318686.
Cusco: Ruiseñores - Portal de Panes N° 123, interior 104 (Plaza de Armas). Teléfono: (084) 264234.
Huancayo.Oficina Macroregional Centro: Jr. Loreto 786. Huancayo. Teléfono: (064) 202343.
Ica: Calle Prolongación Ayabaca L-13, Mz. H-4, Urb. San Isidro, Cercado. Teléfono: (056) 238564.
Iquitos: Jr. Sargento Lores N° 155. Teléfono: (065) 600-606.
 
Lima Cono Norte: Av. Universitaria 1650 C-7, Retablo 1era. Etapa, Comas. Teléfono: (01) 536-7154.
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